LA DEPENDENCIA EMOCIONAL COMO ESTADO
Una persona con dependencia
emocional como estado se puede considerar adicta a otra en el sentido amoroso.
Presenta las características de la DE pero sólo en el momento actual, no con
las relaciones anteriores. No obstante, es excepcional, siendo lo más frecuente
la que se presenta como rasgo.
De estos casos aislados
podemos definir dos tipos:
1. Por
ejemplo, una persona casada muchos años,
con un matrimonio absolutamente normal y sin antecedentes psicopatológicos ni
rasgos disfuncionales, con una autoestima correcta. Su matrimonio puede
haber sufrido un cierto desgaste temporal por desavenencias prolongadas y
terminar en un distanciamiento significativo entre los cónyuges. Esta persona
conoce a otra en cualquier contexto (trabajo, gimnasio...) e inicia una relación
muy apasionada, enamorándose locamente quizá buscando escapar de una rutina
emocional que le estaba afectando. Ahora encuentra una ilusión en su vida, un
nuevo sentido a una existencia que se estaba tornando carente de motivación.
Pero quizá, en un afán de iniciar una
aventura amorosa, se ilusiona en exceso y no llega a conocer a fondo a la
persona de la que se enamora, se ilusiona en exceso y no llega a conocer a
fondo a la persona de la que se enamora, sino que deja que sea sus propias
fantasías las que la definan. Esta persona puede tener las características
de los objetos de los dependientes emocionales, y aprovecharse de la entrega e
ilusión de la otra. Éste puede ser el comienzo de una aventura tormentosa, en
las que el desequilibrio entre ambos miembros puede ser muy veloz y
pronunciado, y en la que, sin darse cuenta, una persona que podríamos
considerar normal va perdiendo su autoestima en favor de un compañero
inaccesible del que se encuentra locamente enamorada. De estas situaciones no
es fácil salir, mucho menos cuando se puede llegar muy lejos en la obsesión por
el otro, que será mayor a medida que la autoestima del sujeto baje y la
inaccesibilidad del compañero aumente. Si en este tipo de relaciones el
individuo se desenvuelve como un dependiente emocional, estaríamos ante un caso
de dependencia emocional como estado
2. Aquí
es normal que la persona sea una mujer,
y que viva en una cultura extraordinariamente machista en la que el modelo de
pareja valorado socialmente es el de sumisión y entrega de la mujer hacia el
varón, que gozará de una serie de poderes y privilegios. Se trata de una
cultura que empuja a las mujeres hacia la dependencia emocional. No obstante,
además de este hecho, se requiere la presencia de dos condiciones: las
carencias afectivas tempranas y el mantenimiento de la vinculación. Si el desequilibrio de la relación es el
normal para su cultura, no podemos efectuar diagnóstico alguno. En este
tipo de sociedades, hay varones que aprovechan el apoyo casi incondicional que
tienen para desplegar una serie de hostilidades, desprecios y humillaciones
hacia su pareja. La mujer se verá obligada a aceptar sin quejas esta situación,
aunque interiormente puede no considerarla bien; pero también puede entrar en
una dinámica de sometimiento excesivo y de interiorización de un papel
subordinado, que le haga perder su autoestima. Si esta situación se produce,
esta mujer puede desarrollar dependencia emocional como estado
Por tanto, a la hora de realizar el diagnóstico hay que
tener en cuenta que existen sujetos que en una relación concreta pueden ser
dependientes emocionales, no siéndolo en las anteriores y sin tener las
características previamente de la DE
Con la DE como estado puede darse alternancia entre
patologías en el sujeto. Por ejemplo, una persona con fobia social o con
depresión mayor recurrente puede alterar periodos propios de estas patologías,
con aislamiento y gran deterioro, con otros en los que se encuentra pareja y se
vuelca en ella toda la necesidad afectiva, desarrollándose patrones propios de
la DE. En las etapas que no tiene parejas sucumbe a su sufrimiento, careciendo
de fuerzas anímicas para desenvolverse con normalidad o para buscar una nueva
relación, que si aparece supondrá su salvación.
Ante una DE como estado significativa clínicamente, debemos
efectuar un diagnóstico basado en la categoría de los trastornos de control de
impulsos no clasificados en otros apartados (DSM-IV) dado que la DE es muy
similar a una adicción.
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